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2.1. Sobre el origen y la evolución

Siéyes basaba su teoría sobre le Poder Constituyente en que la Nación soberana no queda sujeta a las previsiones por ella misma establecidas a los poderes estatales creados.

La idea de la existencia a un poder superior al resto de los poderes no fue exclusiva de Siéyes, sino que con anterioridad había sido puesto de manifiesto en los pactos religiosos o Covenants, basado en la experiencia de independencia de las colonias norteamericanas.

2.2. Concepto del Poder Constituyente

Es el poder en virtud del cual un pueblo se da una Constitución que regule su propia convivencia, un acto de soberanía popular del máximo poder existente en un Estado.

Este poder que tiene la potestad de proclamar la Constitución de un Estado, tanto en su primera formulación, como mediante la introducción en el texto constitucional de los cambios que precise, sean éstos parciales o totales, adaptándola a los deseos de la Nación, aunque estos respondan a una concepción diferente a la que tenían los primeros constituyentes.

2.3. Características del Poder Constituyente

  • Es un poder originario e inmanente, no se deriva de ningún otro poder.
  • Es un poder extraordinario, su misión es establecer el orden en el Estado.
  • Es un poder permanente, no se agota con la promulgación del texto constitucional, ya que no puede anularse.
  • Es un poder soberano
  • Es un poder autónomo e ilimitado
  • Es un poder unitario e indivisible.
  • Es un poder revolucionario.

2.4. Clasificación del Poder Constituyente

El poder constituyente puede clasificarse en base a dos criterios fundamentales:

El primero de ellos tiene que ver con el órgano que lo ejerce, se suele distinguir entre el Poder Constituyente Originario y Poder Constituyente Derivado.

El segundo criterio de clasificación, atiende a la forma como se manifiesta el Poder Constituyente, y distingue entre Poder Constituyente Revolucionario y Poder Constituyente Normal, dependiendo de si la modificación de las normas constitucionales han producido o no una ruptura del hilo constitucional.

El poder constituyente actúa en dos momentos históricos: el de la creación de la Constitución, que se denomina Poder Constituyente Originario, y el que posibilita al revisión de la Constitución, adecuando el texto a las nuevas necesidades de la sociedad que pretenden regular, que se denomina Poder Constituyente Derivado o Instituido.

La diferencia entre ambos esta, en que mientras el primero actúa sin estar sometido a procedimiento alguno, el segundo actúa según los procedimientos establecidos en el propio texto, constitucional que lo ha instituido.

Mientras que el primero responde a todas las características enunciadas en el epígrafe anterior, el Poder derivado está sujeto a limitaciones materiales y formales previas por la existencia de una Constitución.

2.5. Titularidad del Poder Constituyente

Los cambios políticos que dieron lugar al inicio de la era de la constitución, no existían formulaciones teóricas sobre este poder que puede organizar políticamente a la comunidad. La razón es simple, durante el periodo de la monarquía absoluta, el poder no podía ser cuestionado, y la legitimación del ejercicio se derivaba del mismo dios, cuyo representante temporal en la tierra era el Emperador, Rey o Príncipe. Con el advenimiento del Estado liberal, dos aspectos cambiaron:

  1. La necesidad de justificar los profundos cambios acaecidos en el orden político, económico y social, mediante procesos revolucionarios, no exentos de violencia, que habían derribado el sólido andamiaje de la monarquía absoluta y la sociedad estamental imperantes por muchos siglos.
  2. La proclamación de la Soberanía Nacional, que consideraba al pueblo como origen de todo poder.

El estado Constitucional nace de la voluntad de un pueblo que decide, organizarse de determinada forma, no reconociendo por tanto el poder superior al de ésta.

El Poder Constituyente reside en el pueblo, titular de un poder soberano, ilimitado, permanente, sin limites y sin control jurisdiccional, pues sus actos son político-fundamentales y no jurídico, y cuya validez es la voluntad del pueblo.

Si recurrimos al Derecho Constitucional Comparado, podemos observar que la potestad que el pueblo tiene de dotarse de una Constitución encargada de limitar y regular el ejercicio del poder, tiene muchas variantes:

  • Aclamación.
  • Asambleas Constituyentes.
  • Convenciones Constituyentes.
  • Plebiscito Constituyente.

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