Todo el Título I CE se construye desde el amparo a la dignidad de la persona, de la que dimanan los derechos y libertades que le son inherentes, y que constituye el fundamento del orden político y de la paz social. Con ello la Constitución Española conecta con el ideal humanista de una comunidad de hombres construida sobre la primacía de la persona, de forma que el poder político está al servicio de su libertad.
El respeto a la persona y a su libertad es el máximo ideal de la civilización de Occidente y, a la par, el principal elemento diferenciador del sentido de la ordenación de la comunidad.
La libertad tiene una finalidad básica, permitir el pleno desarrollo y aun la perfección de cada persona en la vida social. Las limitaciones que por ley se hayan de establecer a los derechos y libertades de la persona tienen su razón de ser en respetar el ámbito de libertad y los derechos de los demás.