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6.1. Los años iniciales de la LCU

En los estudios y escritos de ocasión tras la promulgación de la LCU-1984 había comentarios, pero prácticamente ningún autor vaticino éxito práctico al Capítulo IV de la Ley (Derecho a la información), ni se arriesgo a aventurar la aplicación jurisprudencial del precepto del art. 13 LCU. Se llegaba a afirmar que la falta o deficiencia en la información relativa a los productos podría dar lugar a sanciones administrativas, pero nadie puso de manifiesto la posible incidencia de la información contractual sobre el contenido y la dinámica del contrato, desde el punto de vista del Derecho privado.

6.2. La jurisprudencia sobre el art. 13 LCU

Supuestos más recientes en los que los Tribunales han sabido encontrar aplicación al derecho a la información contractual, concretando así la virtualidad normativa del precepto incluso en el ámbito de las relaciones entre los particulares, en el ámbito jurídico-privado:

  1. La Sentencia de la AP de Alicante (Sec 7) de 2002, aplica el precepto en un supuesto relativo al mal funcionamiento de las instalaciones de la empresa en orden a la factura telefónica devengada, por no estar derivada del consumo.
  2. La Sentencia de 11 de marzo de 2002 de la AP de Asturias (Sec 6) hace lo propio en su caso de venta al público de prótesis dentales, al considerar que la oferta al público inducía a error.
  3. La Sección 2 de la AP de Burgos ha aplicado el precepto en varias sentencias, con ocasión del suministro de gas en la ciudad, por haber incluido la empresa cláusulas en el contrato de adhesión que provocaban la falta de información.
  4. La STS de 28/5/2012 sobre los efectos adversos del medicamento Agreal.
  5. La STS 10/7/2014 desestimando los recursos interpuestos contra las farmacéuticas por el caso Agreal.
  6. La STS de 20/10/2015 por la que se confirma la Sentencia de la AP de Madrid de 13/10/2014, en la que se anulaba el pago de la indemnización a afectados de la talidomida que reclamaron 204.000.000 € por las malformaciones que les causó ese medicamento contra las náuseas del embarazo, por entender que la acción había prescrito.

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