Conforme a la regulación del Código Civil, atendiendo al interés de los menores, el principio general es la preferencia del régimen de custodia compartida, según se deduce del artículo 92. Las leyes del encabezamiento siguen este principio general.
Conforme a la regulación del Código Civil, atendiendo al interés de los menores, el principio general es la preferencia del régimen de custodia compartida, según se deduce del artículo 92. Las leyes del encabezamiento siguen este principio general.