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Los primeros consisten en un Derecho vivo y jurisprudencial, en continua creación y evolución mediante las decisiones casuísticas, o sentencias que se dan para cada caso, de los jueces y tribunales. Los sistemas cerrados consisten en Derechos escritos y compilados en un cuerpo o código. El modelo del sistema abierto es el casuístico del Derecho inglés y americano (el llamado case law method). En Derecho europeo han tenido una gran influencia los Principios Unidroit sobre los contratos comerciales internacionales y proponen una nueva lex mercatoria, que reúne el conjunto de reglas, usos y costumbres que rigen el comercio supranacional.

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