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2.1. Despoblación y Repoblación

La Reconquista se realiza mediante la repoblación de los territorios recuperados al Islam.

Desde el núcleo occidental la repoblación en su conjunto se realizó en dos etapas diferentes. La primera etapa se desarrolla con la repoblación de la parte septentrional, principalmente los valles del Duero y del Ebro. El valle del Duero, en la meseta castellana, era una "tierra de nadie" devastada y poco poblada. El valle del Ebro estaba, por el contrario, bien poblado y cultivado. Ambas zonas se repoblaron con gentes del norte, mozárabes procedentes del sur y oeste, y francos atraídos a Navarra, Aragón y La Rioja. Esta etapa se prolongó hasta el siglo XIII e implicó el desplazamiento del régimen jurídico de los grupos que se trasladaron, así como la creación de nuevas formas jurídicas e instituciones.

En los siglos bajomedievales, la repoblación se dirigió al valle del Tajo, el Bajo Ebro, el sur y el levante. Con una población asentada, estos territorios pasaron a manos cristianas sin previa destrucción, estableciéndose pactos con los derrotados para conservar a los cultivadores. Aquí predomina la población mudéjar, con menores consecuencias de orden jurídico.

2.2. Clases de repoblación

La repoblación fue consecuencia de la actividad expansiva de los núcleos de resistencia y más delante de las conquistas a gran escala de los reinos cristianos. Aquí, la monarquía astur realizó un papel de vanguardia. El estudio puede ser abordado bien sobre la base de distinguir las diversas áreas geográficas, para analizar por separado cada una de ellas, o bien clasificando en el tiempo los distintos tipos de repoblación.

A pesar de todo, es posible destacar unos rasgos generales de la repoblación. Se sitúa en la mitad del siglo XI la vertiente divisoria entre una primitiva repoblación de zonas yermas, y otra posterior de tierras ricas y ciudades reconquistadas. Estas dos etapas se corresponden geográficamente con la repoblación al norte y sur de la Meseta, siendo la conquista de Toledo (1085) su más significado hito diferenciador. En la primera hay que distinguir la repoblación de carácter oficial, es decir, la dirigida por los reyes y condes, de aquella otra estrictamente particular y privada. En la segunda destaca la repoblación concejil y la llevada a cabo por las Ordenes militares.

A) La repoblación primitiva del norte de la Meseta

La Repoblación oficial, dirigida directamente, a veces en persona, por el rey. Se realizó mediante el otorgamiento de Cartas Pueblas, que recogían los derechos y privilegios del nuevo colectivo. En los primeros años de la reconquista la repoblación oficial fue la que menos trascendencia tuvo, mientras que a partir del siglo XII, la dirección de los monarcas en la empresa repobladora convertiría a la misma en casi exclusivamente oficial alcanzando tan solo el mismo nivel la repoblación dirigida por las órdenes militares y desaparecen casi completamente la repoblación concejil y privada.

La Repoblación privada, protagonizada por hombres libres de cualquier clase social y religión que atraídos por un mayor desahogo económico en las zonas fronterizas, se centraron en las tierras sin dueño formando una aldea cuyo nombre recordará la ascendencia de sus fundadores (Villagallegos, Villavascones, etc.). También podía ser monacal, eclesiástica o laica, motivada por el encargo que el rey hacía en un momento determinado a cualquier magnate o institución y que dio lugar a la formación de grandes dominios señoriales y monacales.

B) La repoblación en la zona sur

Desde mediados del siglo XI la actividad repobladora alcanza Castilla, el valle del Guadalquivir, la zona de Tarragona, el valle del Ebro, Levante y el sur de Portugal. Ya no se trata de ocupar páramos sino de asegurar el dominio de las zonas pobladas conquistadas.

La Repoblación concejil dirigida por los concejos, al amparo del marco legal que les ofrecían sus fueros, como ampliación de las Cartas Pueblas. Las tierras se dividen a veces en seis partes, sesmos, y cada una de ellas en lotes de tierras llamados veintenas de cuya adjudicación se encargan los funcionarios concejiles.

Las Ordenes Militares, nacidas en el siglo XII, cuidaron de la defensa del territorio comprendido entre el Tajo y el Guadiana, convirtiéndose en instrumentos decisivos del proceso colonizador, a cuyo auxilio recurrieron los monarcas para repoblar los amplios territorios de la mitad sur de la Península cuya expansión a Andalucía repercutió en la posterior estructura latifundista de las tierras del sur.

La efectuada por los francos, que se fueron asentando como comerciantes y artesanos a partir del siglo IX en los núcleos de población del Camino de Santiago (Aragón, Navarra y algunos lugares de Castilla y León).

Los instrumentos jurídicos de la repoblación fueron esencialmente la presura, el repartimiento y las capitulaciones.

El conjunto de operaciones de partición de heredades, fincas, casas del centro urbano y mansiones rurales entre los conquistadores, fue recogido en los "Libros del Repartimiento". No se trata del típico repartimiento de un botín de guerra, sino de una concesión real que facilita el asentamiento fijo por lo que genera derechos permanentes, mediante títulos individuales de propiedad.

Los repartimientos no se hicieron sino a través de un largo proceso de sucesivas particiones como los de las tierras murcianas. El repartimiento representa una colonización profunda y radical, ya que significa el establecimiento de una vida nueva sobre los campos viejos, con renovación de la propiedad, trabajadores, lengua, religión y hasta de nombres. Todo se hace como una prolongación de Castilla.

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