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El estudio de los métodos de combate no se circunscribe a las cuestiones que aparecen reguladas en la sección I del Título III del Protocolo I de 1977, porque éstas deben completarse con muchos artículos del Título IV, relativo a la población civil.

5.1. La perfidia

Queda prohibido matar, herir, o capturar a un adversario valiéndose de medios pérfidos. Las estratagemas no están prohibidas.

5.2. El uso indebido de emblemas reconocidos o signo de nacionalidad

Está prohibido el uso indebido del signo distintivo de la Cruz Roja, del emblema distintivo de las Naciones Unidas y el abuso deliberado de otros emblemas, signos y señales protectoras internacionalmente reconocidos. También está prohibido el uso de banderas que no sean parte del conflicto, así como de las partes adversas durante los ataques, para cubrir, favorecer, proteger u obstaculizar operaciones militares.

5.3. La negación de cuartel

El art. 23.d) del Reglamento de 1907, de un modo lapidario, prohibía "declarar que no se dará cuartel". El Protocolo I de 1977 reafirma dicha prohibición diciendo: queda prohibido ordenar que no haya supervivientes, amenazar de ello al adversario o conducir las hostilidades en función de tal decisión (art. 40).

5.4. Los ataques al enemigo fuera de combate

La violencia sólo esta permitida en la medida que sea indispensable para debilitar militarmente al enemigo, situarlo fuera de combate o mantenerlo en poder de la parte adversa.

5.5. Los ataques a ocupantes de aeronaves en peligro

No están cubiertas por la prohibición de atacar a los ocupantes de aeronaves en peligro, establecida en el art. 42 del Protocolo I de 1977, las tropas aerotransportadas (art. 42.3).

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