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3.1. Consideración general

A comienzos del siglo XIX ya es posible percibir con claridad el giro histórico del Derecho mercantil preparado en la etapa anterior y encontrar las bases de una nueva orientación en consonancia con la ideología liberal triunfante.

Suprimido el régimen gremial o corporativo, el Código de Comercio francés delimita la competencia de los tribunales de comercio con arreglo al sistema objetivo. Estos tribunales decidirán sobre las discusiones en orden a los actos de comercio, sean o no comerciantes los que los ejecuten.

3.2. La codificación mercantil española

Mientras el Código de Comercio francés (1807) es posterior al Código Civil (1804), en España la codificación mercantil se consigue mucho antes que la codificación civil. El problema foral, retrasó la promulgación del primer y único CC (1885), al que preceden dos Códigos de Comercio: el de 1829 y el todavía vigente de 1885.

El primer CCom español, el de 1829, obra de Pedro Sainz de Andino, ha sido considerado como el mejor Código de su tiempo. Este Código se compone de cuatro libros:

  1. De los comerciantes y del comercio en general.
  2. De los contratos especiales de comercio.
  3. Del comercio marítimo.
  4. De la suspensión de pagos, de las quiebras y de las prescripciones.

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