Dentro de la categoría más general de operaciones de activo, es decir, de operaciones de colocación e inversión de los recursos de que disponen, las operaciones de financiación se caracterizan por suponer la concesión de crédito a terceros de manera directa, en términos bilateralmente negociados y sin mediar suscripción o adquisición de valores por parte de la entidad de crédito.
Los contratos de financiación (habitualmente conocidos como operaciones activas) pueden clasificarse de acuerdo con varios criterios:
- Según su destino:
- Operaciones de crédito consuntivo para la satisfacción de necesidades de índole personal o familiar.
- Operaciones de crédito productivo o empresarial, que, a su vez, puede serlo de explotación o circulante, para financiar activos de esta clase; o de inversión, destinados a la financiación del inmovilizado.
- Según al sector al que se dirigen los recursos:
- Operaciones realizadas con el sector público
- Operaciones realizadas con el sector privado y el exterior
- En función de la moneda que se utiliza:
- Operaciones en moneda propia
- Operaciones en divisas extranjeras
- Por el plazo de vencimiento o devolución de los recursos obtenidos:
- Operaciones a corto (hasta un año)
- Operaciones a medio (entre uno y tres años)
- Operaciones a largo plazo (más de tres años).