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Las organizaciones internacionales que examinamos en este capítulo y en los cinco siguientes tienen la característica de poseer vocación hacia la universalidad, es decir, estar abiertas a todos los Estados del mundo, y además, se proponen unos fines concretos o específicos de cooperación social, económica o técnica.

La mayoría están vinculadas a la ONU mediante acuerdos que les confieren el Estatuto de Organismos especializados de la misma.

Entre otros, el Acuerdo General sobre Comercio y Aranceles, la Agencia Internacional de la Energía Atómica u OIEA, o la Corte Penal Internacional, han nacido bajo los auspicios de las Naciones Unidas pero no gozan del estatuto de Organismos especializados. Finalmente, otras, de fines específicos, han nacido fuera de las Naciones Unidas, caso de la Organización Mundial del Comercio o de la Autoridad Internacional de Fondos Marinos.

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