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3.1. Antecedentes

Éstos se remontan al nacimiento de la aviación comercial. La Convención de París de 1919, creó la Unión Internacional, colocada bajo la autoridad de la Sociedad de Naciones, con poder de reglamentar internacionalmente las materias referentes a la aviación civil. Un paso más avanzado lo tenemos en la Convención de Varsovia de 1929, que revisó la anterior en en ámbito más restringido, en la Convención Panamericana de la Habana, que creó una Unión dentro de los Estados americanos.

En la Conferencia de Aviación Civil de Chicago en 1944 se llegó a un Convenio por el que se constituyó la Organización de Aviación Civil Internacional.

Entre 1946 y 1947 funcionó una Organización provisional que dio paso a la nueva Organización, una vez que se recibieron 26 ratificaciones de la Convención de Chicago, a la nueva Organización. Ésta goza del estatuto de Organismo especializado de las Naciones Unidas en virtud del acuerdo aprobado por la Asamblea General de las Naciones Unidas. La nueva Organización estableció su sede en Montreal, donde sigue funcionando.

3.2. Fines

Los fines están dirigidos a desarrollar los principios y las técnicas en la navegación aérea internacional, así como a fomentar la organización y el desenvolvimiento del transporte aéreo internacional. Para ello se propone como objetivos específicos recogidos textualmente los siguientes:

  1. Lograr el desarrollo seguro y ordenado de la aviación civil internacional en todo el mundo;
  2. Fomentar las técnicas de diseño y manejo de aeronaves para fines pacíficos;
  3. Estimular el desarrollo de aerovías, aeropuertos e instalaciones y servicios de navegación aérea para la aviación civil internacional;
  4. Satisfacer las necesidades de los pueblos del mundo, respecto a un transporte aéreo seguro, regular, eficaz y económico;
  5. Evitar el despilfarro económico producido por una competencia excesiva;
  6. Asegurar que se respeten plenamente los derechos de los Estados contratantes y que cada Estado contratante tenga oportunidad equitativa de explotar empresas de transporte aéreo internacional;
  7. Evitar discriminaciones entre Estados contratantes;
  8. Promover la seguridad de vuelo en la navegación aérea internacional; y
  9. Promover, en general, el desarrollo de la aeronáutica civil internacional en todos sus aspectos.

La Organización de la Aviación Civil Internacional dispone de capacidad para adoptar y enmendar normas en todas las cuestiones en las que el más alto grado de uniformidad posible facilite y mejore la navegación aérea. Los instrumentos previstos para el desarrollo de esta acción normativa son tres:

  1. Las prácticas recomendadas.
  2. Los estándares o normas internacionales.
  3. Los anexos al Organización de la Aviación Civil Internacional.

La Organización de la Aviación Civil Internacional dispone también de la capacidad para preparar el texto de tratados internacionales que someterá posteriormente a la ratificación de los Estados.

3.3. Miembros

Dentro de ellos podemos señalar en primer lugar los originarios, que son todos aquellos que fueron parte en la Convención de Chicago; junto a éstos existen los Estados adheridos, ya que la Convención está abierta a la adhesión de los Estados miembros de las Naciones Unidas, a los Estados asociados a éstos y a los Estados que fueron neutrales en la Segunda Guerra Mundial. Para los otros Estados que no entren en las categorías anteriores cabe también la posibilidad de admisión, con el voto de los cuatro quintos de la Asamblea y en las condiciones que ella fije y "previo consentimiento del Organismo internacional general que para preservar la paz establezcan las Naciones del mundo", y siendo necesario en cada uno de los casos el asentimiento de todo Estado invadido o atacado en el curso de la guerra por el Estado que pida la admisión.

En la actualidad, la Organización cuenta con 190 Estados contratantes.

3.4. Estructura orgánica

Como órganos principales encontramos la Asamblea, el Consejo y el Secretariado. Junto a ellos existen otros órganos auxiliares a los que también nos referiremos.

La Asamblea está compuesta por delegados de los Estados miembros y el el órgano deliberante supremo.

Órgano permanente y principal es el Consejo, que es el órgano deliberante a la vez que órgano de ejecución de las resoluciones de la Asamblea.

La Organización de la Aviación Civil Internacional, tiene unos órganos auxiliares. La Comisión de Navegación Aérea; los Comités con misiones específicas.

Se completa el cuadro orgánico con la Secretaría, al frente de la cual encontramos al Secretario General, nombrado por períodos de cinco años por el Consejo.

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