Logo de DerechoUNED

1.1. Los orígenes de las medidas de seguridad

El Anteproyecto del Código Penal suizo de Stoos de 1893 recogió por primera vez un sistema de medidas de seguridad.

1.2. Principios rectores y garantías que rigen el sistema de medidas de seguridad

Al igual que las penas, quedan sometidas a las garantías y principios del orden punitivo que consagra la Constitución Española:

  1. Solo se aplican post-delictuales -después de cometido el delito-.
  2. Quedan sujetas al principio de legalidad
  3. Deben ajustarse al principio de proporcionalidad.
    • No pueden resultar más gravosas ni de mayor duración que la pena abstracta aplicable. La reforma de LO 1/2015 permite imponer medidas de seguridad de duración indeterminada cuando se ha cometido un hecho delictivo que tenga prevista la pena de prisión permanente revisable.
    • No puede exceder el límite necesario para prevenir la peligrosidad del autor -principio de necesidad-.

Compartir