El iter criminis se refiere a las fases de realización del delito doloso. Suelen distinguirse las fases interna y externa y dentro de esta última los actos preparatorios y los ejecutivos. Estos últimos darán lugar al comienzo de la tentativa. Cuando el sujeto realiza completamente el tipo, el delito se habrá consumado.
1.1. Los actos internos
Los actos internos son los que se desarrollan en la mente del sujeto. Son impunes. Se considera un principio fundamental del DP que no se pueden castigar los meros pensamientos.
1.2. Los actos externos
Los actos externos son los que realiza el sujeto de forma fáctica. Cuando el sujeto pasa a realizar actos externos entramos en una nueva fase del iter criminis.
Se distinguen dos etapas:
- Actos preparatorios: la intervención del DP es excepcional.
- Actos ejecutivos: todos los actos ejecutivos son punibles.