Dentro del Título XVII del vigente CP sobre los "Delitos contra la seguridad colectiva", se encuentran ubicadas, en su Capítulo IV, las infracciones contra la seguridad vial.
En cuanto al bien jurídico, se protege en estos delitos no sólo la seguridad del tráfico en las vías públicas sino también, y sobre todo, la seguridad de las personas, su vida, su integridad e incluso sus propiedades.