El procedimiento civil especial para la declaración de nulidad de los prestamos usurarios fue creado por la Ley de la Usura (LU) o Ley Azcárate.
El art. 1.3 de la Ley 2/2009 sobre contratación con los consumidores de préstamos o créditos hipotecarios y servicios de intermediación, contempla el procedimiento relativo a la pretensión de nulidad de un préstamo por usurario, que se sustancia por las normas generales del juicio declarativo ordinario según la cuantía de la LEC.