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La Constitución española en su articulo 66.1 consagra a las Cortes Generales como la representación de la soberanía del pueblo español, las establece con una estructura bicameral, al afirmar que están formadas por el Congreso de los Diputados, o Cámara baja y el Senado o cámara alta.

Ambas Cámaras son instituciones complejas, integradas por distintos órganos, los de dirección o gobierno y los de trabajo. Se analizan principalmente los órganos de trabajo: el Pleno, las Comisiones y los Grupos Parlamentarios.

Isabel Martín de Llano profesora Departamento Derecho Político, UNED.

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