Derecho Constitucional y Derecho Eclesiástico

Se analizan los conceptos de fuerza, rango y valor de ley que resultan determinantes para entender el concepto de ley y su posición en el ordenamiento jurídico.
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La Constitución española da a la igualdad un tratamiento como derecho y como principio, el clásico principio jurídico de igualdad ante la ley y el principio político de la igualdad en la ley.
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El Capítulo III del Título I CE contiene una serie de determinaciones adicionales a las tareas que corresponden a los poderes públicos.
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El profesor Fernando Alcantarilla Hidalgo, Letrado del TC, imparte una clase relativa a la cuestión de constitucionalidad.
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Ley orgánica en la Constitución española. Artículo 81.
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El carácter de supremacía de la Constitución refleja el resultado en el que cristalizó la obra del poder constituyente, que no es sino la expresión de la voluntad soberana que proyecta una determinada idea política, cuya fuerza o autoridad adopta una concreta decisión sobre forma de existencia política.
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Los partidos políticos expresan el pluralismo político que es un valor superior del ordenamiento político, y por tanto, su creación es libre.
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Pablo Colomina Cerezo, Letrado del TC, imparte una clase relativa a la jurisprudencia constitucional.
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La palabra griega "democracia" (el gobierno del pueblo") fue inventada por los atenienses para definir un sistema de gobierno de la ciudad en el cual las decisiones eran tomadas por la asamblea de ciudadanos (los ciudadanos no eran ni mujeres ni esclavos ni extranjeros).
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Videoclase impartida por el profesor Joaquín Sarrión Esteve de la Universidad de Valencia.
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Denominamos derechos fundamentales a los derechos contenidos en los artículos 15 a 29 de la Constitución.
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Se explica las diferencias que existen entre los estados centralizados y los estados descentralizados, y se exponen las características de los distintos modelos de estados descentralizados: estados federales, regionales y confederaciones de estados, con especial referencia a la estructura institucional de los estados descentralizados,
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Un grupo de docentes de la UNED y de otras Universidades europeas encabezados por los titulares Ignacio Gutiérrez y Fernando Reviriego
Videoentrevista
Papel del Derecho constitucional en el proceso de integración europea.
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Esther González Hernández, profesora de Derecho Constitucional en la Universidad Rey Juan Carlos.
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Los diputados y senadores entendieron que los derechos y libertades constituían, junto a la separación y control del poder político, la base fundamental del nuevo régimen constitucional.
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La Constitución española en su articulo 66.1 consagra a las Cortes Generales como la representación de la soberanía del pueblo español, las establece con una estructura bicameral, al afirmar que están formadas por el Congreso de los Diputados, o Cámara baja y el Senado o cámara alta.
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La Constitución Española en su articulo 66.1 consagra a las Cortes Generales como la representación de la soberanía del pueblo español.
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La configuración de la Constitución como fuente del Derecho en el constitucionalismo europeo, a partir de la segunda mitad del siglo XX, supone un cambio esencial en la historia del constitucionalismo.
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Todas las constituciones nacen con la pretensión de permanencia, pero la realidad demuestra que los cambios constitucionales son relativamente frecuentes.