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A) Supuesto de hecho

La comunidad de propietarios XXX en el procedimiento ordinario 1190/07 reclama, a la propietaria de la vivienda, Sheila, la suma de 7.815,83 € por cuotas extraordinarias generadas por la ejecución de obras de rehabilitación del edificio; deuda cuya liquidación y autorización para reclamarla se acordó en la junta de propietarios de 2/2/2007; también reclama intereses al tipo legal incrementado en dos puntos desde el 8/4/2003, sumando los vencidos y reclamados ya liquidados hasta el 7/4/2007 a 2.051,42 €.

Sheila había promovido el procedimiento ordinario 818/07, seguido ante el JPI 1 de Madrid, sobre impugnación de los acuerdos adoptados en las juntas de 18/6/2003, 12/3/2003, 8/4/2003, 14/9/2004, 30/11/2006, 24/1/2007 y 2/2/2007.

El 8/7/2009 el mismo día señalado para la celebración del juicio en el procedimiento 1.190/07, pero después de dicha celebración, Sheila presentó escrito, en el Registro del Decanato de los JPI, solicitando la acumulación del procedimiento de impugnación de acuerdos comunitarios seguido ante el JPI 1 de Madrid al presente, al que consideraba más antiguo porque dimanaba de proceso monitorio previo archivado por su oposición al requerimiento de pago.

B) Cuestiones

  1. ¿Se dan las circunstancias para solicitar la acumulación? ¿Por qué?
  2. ¿En cuál de los dos Juzgados habría que solicitarla? ¿Por qué?
  3. ¿Qué efectos tendría respecto de la celebración del juicio? ¿Qué debe hacer el Juez del procedimiento 1190/07?

C) Derecho aplicable

  • Art. 74 LEC Finalidad de la acumulación de procesos
  • Art. 75 LEC Legitimación para solicitar la acumulación de procesos. Acumulación acordada de oficio
  • Art. 76 LEC Casos en los que procede la acumulación de procesos
  • Art. 77 LEC Procesos acumulables
  • Art. 78 LEC Improcedencia de la acumulación de procesos. Excepciones
  • Art. 79 LEC Proceso en el que se ha de pedir o acordar de oficio la acumulación
  • Art. 80 LEC Acumulación de procesos en el juicio verbal
  • Art. 86 LEC Normas aplicables
  • Art. 87 LEC Solicitud de acumulación de procesos
  • Art. 88 LEC Efecto no suspensivo de la solicitud o del inicio de actuaciones de oficio para la acumulación de procesos
  • Art. 89 LEC Contenido del auto que declara procedente la acumulación de procesos
  • Art. 90 LEC Recepción del requerimiento de acumulación por el Tribunal requerido y vista a los litigantes
  • Art. 91 LEC Resolución sobre el requerimiento de acumulación
  • Art. 92 LEC Efectos de la aceptación de la acumulación por el Tribunal requerido
  • Art. 93 LEC Efectos de la no aceptación de la acumulación de procesos por el tribunal requerido
  • Art. 94 LEC Sustanciación de la discrepancia ante el tribunal competente
  • Art. 95 LEC Decisión de la discrepancia
  • Art. 96 LEC Acumulación de más de dos procesos. Requerimientos múltiples de acumulación

D) Soluciones

a) ¿Se dan las circunstancias para solicitar la acumulación? ¿Por qué?

La acumulación de Autos es la acumulación en un solo procedimiento de pretensiones deducidas en distintos procedimientos declarativos, que serán terminados por una sola sentencia.

En base a lo estipulado en el art. 76 LEC encontramos dos requisitos: el apartado 2 nos habla de la necesidad de conexión entre los objetos de cada proceso, conexión que ha de implicar que, “de seguirse por separado, pudieren dictarse sentencias con pronunciamientos contradictorios incompatibles o mutuamente excluyentes”; y el apartado 1 exige que la sentencia que haya de recaer en uno de los procesos pueda producir efectos prejudiciales en el otro.

Considero que se dan tales requisitos ya que nos encontramos ante la acumulación de dos pretensiones, una en la que la Comunidad de Propietarios XXX reclama a Sheila unas cantidades por cuotas extraordinarias y otra en la que Sheila impugna los acuerdos adoptados en diversas juntas que implican el pago de las cantidades que se le reclaman, por lo que si ambas pretensiones se estimaran en cada uno de sus procedimientos, dichas resoluciones serían contradictorias.

b) ¿En cuál de los dos Juzgados habría que solicitarla? ¿Por qué?

Por el texto del caso, entiendo que los procedimientos citados se están tramitando ante distintos tribunales.

En virtud de lo estipulado en el art. 79.1 dicha acumulación ha de efectuarse ante el que conozca del procedimiento más antiguo, y ante el cual también deberá formalizarse la solicitud. En este caso, no disponemos de fechas de inicio de los procedimientos, y por los número de los mismos 818/07 y 1190/07 tampoco podemos guiarnos para determinar su antigüedad ya que pertenecen a Juzgados distintos.

Solo podemos guiarnos por lo indicado por Sheila en su escrito de acumulación que indica que el procedimiento 1190/07 es más antiguo y por ello solicita al Juzgado que lo está tramitando que al mismo se acumule el 818/07.

c) ¿Qué efectos tendría respecto de la celebración del juicio? ¿Qué debe hacer el Juez del procedimiento 1190/07?

El art. 88 establece que la solicitud de acumulación de procesos sólo suspenderá el curso de los procesos afectados desde el momento en que alguno de ellos quede pendiente sólo sentencia, como es el caso del 1190/07, quedando en suspenso el plazo para dictarla.

Tan pronto como se pida la acumulación, el Secretario judicial requerirá a los demás órganos judiciales a fin de que se abstengan de dictar sentencia y dará traslado a las demás partes para que aleguen lo que estimen pertinente. Si admite la tramitación, requerirá a los otros tribunales la remisión de los correspondientes procedimientos y emplazará a las partes para que el plazo de 10 días comparezcan (art. 92).

El art. 93 establece que cuando el tribunal requerido no aceptare el requerimiento de acumulación por estimarla improcedente o por creer que debe hacerse a los que pendan de él, lo comunicará al tribunal requirente y ambos deferirán la decisión al tribunal competente para dirimir la discrepancia.

D)Ejercicio

Redacte la solicitud de Sheila de acumulación de los procesos.

Solicitud de acumulación de procesos pendientes ante distintos tribunales

AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE ...

Da/D. .................., Procurador de los Tribunales, en nombre y representación de Dña Sheila, mayor de edad, de profesión .................. con domicilio en .................., calle núm. ...... puerta ..... , según tengo acreditado en autos ......, comparezco ante el Juzgado y como mejor proceda en Derecho

DIGO

Que por la presente, y siguiendo las expresas instrucciones de mi representado, formula acumulación de procesos pendientes ante distintos tribunales. Y ello sobre la base de los siguientes

HECHOS

Primero.- Que por esta parte, en fecha ...... se interpuso ante los Juzgados de 1a Instancia de ...... demanda en solicitud de 7.815 ́83 euros por parte de la Comunidad de Propietarios XXX contra Dña Sheila que correspondió por turno de reparto al Juzgado de 1a Instancia de .......

Segundo.- Que con posterioridad a dicha demanda, se interpuso por esta parte nuevo proceso contra el mismo demandado la impugnación de los acuerdos adoptados en las juntas “...” que dieron lugar al nacimiento del pago de esas cantidades, que recayó en turno de reparto en el Juzgado de 1a Instancia núm. X de esta Ciudad con núm.818/07.

Como fundamento de los anteriores hechos se adjuntan a la presente demanda los siguientes

DOCUMENTOS

  1. Con relación al primer hecho, se adjunta como DOCUMENTO UNO .......
  2. En relación al segundo hecho, se adjuntan a la presente demanda los siguientes documentos .......

A los anteriores hechos son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- Que establece el artículo 76 de la Ley de Enjuiciamiento Civil que la acumulación de procesos sólo se ordenará:

  1. Cuando la sentencia que haya de recaer en uno de los procesos pueda producir efectos prejudiciales en el otro.
  2. Cuando entre los objetos de los procesos cuya acumulación se pide exista tal conexión que, de seguirse por separado, pudieren dictarse sentencias con pronunciamientos o fundamentos contradictorios, incompatibles o mutuamente excluyentes.

Segundo.- Que según el artículo 79,1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, la acumulación de procesos —que se determinará por la fecha de la presentación de la demanda— se solicitará siempre al tribunal que conozca del proceso más antiguo, al que se acumularán los más modernos.

En su virtud, SUPLICO AL JUZGADO que teniendo por presentado este escrito junto con sus documentos y copias de todo ello, previos los trámites legales se decrete la acumulación de procesos solicitada, dando noticia por el medio más rápido a los otros tribunales a fin de que se abstengan de dictar sentencia hasta tanto se decida definitivamente sobre la acumulación pretendida.

Es de justicia que pido en Madrid, a 08 de julio de 2009

Firma de Letrado                            Firma de Procurador

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