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El contrato de trabajo puede suspenderse por diversas causas, con el efecto de que “la suspensión exonera de las obligaciones recíprocas de trabajar y remunerar el trabajo” (art. 45.2 LET).

La suspensión se opone y es lo contrario de la extinción del contrato de trabajo. Precisamente, al evitar la extinción contractual, la suspensión se erige en una vía para mantener el contrato de trabajo y la estabilidad en el empleo.

La suspensión se caracteriza por su naturaleza temporal, de manera que, una vez concluida, se reanudan las obligaciones recíprocas de trabajar y remunerar el trabajo, transitoriamente suspendidas. Por otro lado, la suspensión exonera del cumplimiento de las obligaciones básicas, pero, como el contrato de trabajo sigue vivo, se mantienen las restantes obligaciones (ej. la obligación de buena fe) -arts. 5.a y 20.2 LET-.

Durante la suspensión del contrato de trabajo el trabajador conserva el derecho a la reserva de su puesto de trabajo, de manera que, al cesar las causas legales de suspensión, tiene derecho a la reincorporación al puesto de trabajo reservado (art. 48.2 LET).

La existencia de esa reserva de puesto de trabajo en favor del trabajador con el contrato de trabajo suspendido está en la raíz de uno de los supuestos más claros, necesarios e indiscutibles de contratación por tiempo determinado: el contrato de interinidad del art. 15.1 LET.

En alguno de los supuestos de suspensión del contrato de trabajo se tendrá derecho a percibir prestaciones del sistema de la Seguridad Social (ej. incapacidad temporal).

En otras causas de suspensión del contrato de trabajo el trabajador se encontrará en situación asimilada al alta o en alta especial (ej. excedencia forzosa).

La suspensión supondrá la baja del trabajador en el sistema de la Seguridad Social, aunque hay supuestos en los que se mantiene la obligación de cotizar (ej. incapacidad temporal).

Las causas de suspensión del contrato son tasadas. No obstante, la autonomía individual y la colectiva pueden establecer causas de suspensión no previstas legalmente.

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