Un zapatero, golpeó a un niño aprendiz, libre de nacimiento e hijo de familia, que no hacía bien lo que le había enseñado, en forma tal que con la horma sacó un ojo al aprendiz. Se preguntó la acción que procede contra el zapatero.
Instituciones
Culpa – Intención de lesionar.
Locatio Conducti Operarum – Arrendamiento de servicios
Daño directo – Corpore corporis.
Daño indirecto – non corpore corporis.
No hay daño (damnum puesto que el daño no se hace a cosa, animal o esclavo)
No hay iniuria, puesto que no hay intención de hacer daño.
Filius familia – Libre
Acciones
Actio legis aquiliae utilis: Acción creada por el daño causado a un libre, sin negligencia ni intención de hacer daño.
Solución Razonada
El padre del niño podrá ejercitar contra el zapatero una actio legis aquiliae utilis, por el daño que recae a un libre.
Podrá reclamar los gastos de curación y el lucro cesante, por lo dejado de ganar el niño. Nunca por la estimación del daño causado a un libre, ya que este gasto es inestimable.