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La realidad social que nos ha tocado vivir es muy diferente a la de hace pocos años en todas las esferas de la vida. Pero quizás la que resalta de un modo especial es la referente a la familia, que poco a poco, de manera paulatina, está sufriendo cambios sumamente importantes para la propia persona humana, que no tiene más remedio que nacer en un hogar que le permita su desarrollo físico y psicológico adecuado a los derechos fundamentales que le corresponden como tal persona. Las formas de uniones se multiplican en detrimento del matrimonio heterosexual, que sigue y será siendo el fundamento de la familia.

La Unión Europea no ha regulado de manera directa las formas de uniones de convivencia, pero sí ha tenido que pronunciarse sobre ellas tanto desde un punto de vista legislativo como judicial.

La disposición más relevante es la Directiva 2004/38/CE, relativa al derecho de los ciudadanos de la Unión y de los miembros de sus familias a circular y residir libremente en el territorio de los Estado0s miembros.

Es preciso hacer notar que la Directiva no admite de entrada para todos los Estados miembros la equiparación a la que nos estamos refiriendo. La equiparación la admite en aquellos Estados miembros donde existe la equiparación.

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