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La Federación es una permanente tensión dialéctica de dos tendencias a la unidad y a la diversidad, contradictorias entre sí. Según sea la síntesis entre ambas, así será la Federación resultante.

La tendencia a la unidad se ve propiciada por diversos factores, de los cuáles unos son supuestos preexistentes y otros son objetivos que se pretenden alcanzar.

Los caracteres de la Federación vienen todos a incidir en el hecho de que establece un modo distinto de división de poderes y pretende realizar una unidad de lo vario. Así, pues, la forma política federal organiza grandes espacios en relaciones de autonomía y paridad entre los miembros.

La doctrina está dividida a la hora de pronunciarse sobre la naturaleza de esta forma política territorial:

  1. Hay quienes, como Seydel, niegan que la Federación sea realmente un Estado, entendiendo que únicamente lo son sus miembros.
  2. Para otros (Jellinek, Carré de Malberg, Le Fur), sólo es Estado la Federación.
  3. La opinión mayoritaria defiende la naturaleza estatal tanto de los miembros como de la Federación, pero destacando que la organización política resultante es única.

La diferencia clave para entender los modelos territoriales de Estado es la existente entre soberanía y autonomía. Soberanía es el poder supremo interno del Estado y el poder independiente de éste en sus relaciones internacionales. Autonomía es la potestad de dictar normas propias que pasan a integrar el ordenamiento jurídico del Estado.

En pura lógica jurídica, a un Estado le corresponde una sola soberanía. No obstante su suele llamar Estados a los miembros de una Federación y reconocerles cierto residuo de soberanía. Ahora bien, si la soberanía reside en la Federación, ella es el único Estado, repitiéndose sólo por rutina su definición como Estado de Estados.

Es cierto que el denominado Estado miembro tiene poder constituyente, sin embargo, se trata de un poder constituyente constituido, no originario, además delimitado porque, una vez establecida la Federación, dicho poder tiene en la Constitución federal, su fundamento y su límite.

Parece más coherente reservar el concepto de Estado para la Federación y considerar a los miembros como territorios federados.

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