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Las principales fuentes del derecho canónico durante esta etapa fueron los cánones conciliares y las epístolas pontificias. Los cánones conciliares podían llegar a tener valor de ley civil si eran confirmados por el monarca mediante una lex in confirmatione concilii.

Por otra parte, el monarca también podía remitir al concilio un conjunto de disposiciones civiles o tomus regii, para que obtuvieran además la sanción espiritual.

La Hispana (obra cumbre del derecho canónico visigodo) fue una redacción del derecho canónico realizada por San Isidoro de Sevilla teniendo a la vista textos de concilios griegos, africanos, galicanos y españoles. A la muerte de San Isidoro, la Hispana fue objeto de varias redacciones, la más difundida se denomina vulgata.

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