Desde 1837 todas las Constituciones del XIX establecerán la no aplicación de sus preceptos a los territorios españoles de Ultramar (Cuba, Puerto Rico y Filipinas). Esta situación determinó que aquéllos españoles continuaran rigiéndose por la legislación del Antiguo Régimen (Recopilación de las Leyes de Indias, Ordenanza de Intendentes, Novísima Recopilación, Partidas, etc.). Esta discriminación condujo en 1874 a la creación de la Comisión de Codificación de las provincias de Ultramar, dependiente del Ministerio de Justicia, a la que se debe la elaboración del Código Penal de Cuba y Puerto Rico (1879), el Código Penal de Filipinas (1884), las Leyes de Enjuiciamiento Civil y Criminal, el Código de Comercio, la Ley y Reglamento Hipotecario para los respectivos territorios, etc.