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La familia y los poderes púbicos son los dos pilares en los que se asienta el sistema protector español de menores. La proyección de este sistema consagrado en la Constitución Española se refleja en normas como la LO 1/1996 de Protección del Menor.

En el ámbito internacional, destaca la Declaración de los Derechos del Niño de 1956 y la Convención sobre los Derechos del Niño de 1989; el Convenio de La Haya de 1996 relativo a la competencia, ley aplicable, reconocimiento, ejecución y cooperación en materia de responsabilidad parental y medidas de protección de menores. En lo referente a la protección de los derechos de custodia y de visita destaca el Convenio de La Haya de 1980 sobre los aspectos civiles de la sustracción internacional de menores.

En el ámbito regional, resulta imprescindible el Reglamento 2201/2003 del Consejo, relativo a la competencia, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia matrimonial y de responsabilidad parental.

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