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El fenómeno de europeización del ius comune puede adoptar distintas modalidades, de las que consideramos las tres siguientes.

  1. Simple realización de estudios de Derecho comparado por parte de los juristas de los diversos países, técnica conocida desde antiguo y muy practicada en algunos ámbitos científicos y sobre todo en los órganos legislativos o parlamentos donde el informe o dossier iuscomparatista suele ser el trabajo previo de cualquier modificación legislativa.
  2. Unificación propiamente dicha del Derecho privado a través de la elaboración de un CC europeo, reto que en el momento presente aparece algo lejano.
  3. Elaboración de unas reglas generales o de unos principios que permitan homogeneizar las principales cuestiones a considerar sea en el ámbito propio de la responsabilidad civil o law of torts, que ahora nos interesan particularmente, sea en cualesquiera otros ámbitos en los que se considere objetivamente razonable o beneficiosa la unificación normativa.

Los PETL no pretenden desplazar las normas existentes en los Derechos privados nacionales y, por tanto, no tienen carácter vinculante para los ciudadanos de la Unión Europea.

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