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Existe otra serie de matizaciones derivadas de la propia conformidad del derecho con el ejercicio del mismo, requiriendo a su titular que se comporte siguiendo determinados parámetros exigibles con carácter general. En definitiva, el Ordenamiento jurídico exige que los derechos subjetivos sean ejercitados conforme a su propia función y significado, vetando su ejercicio de manera desorbitada o contraria a los parámetros de conducta socialmente asumidos.

Tal delimitación de la extensión de los derechos se lleva a cabo por el Ordenamiento y por la jurisprudencia, acudiendo a una serie de conceptos jurídicos indeterminados que se encuentran acogidos en el Título preliminar del Código Civil: la buena fe y el abuso del derecho. Constituyen límites intrínsecos, en cuanto el ejercicio de cualquier derecho ha de realizarse de acuerdo con tales principios generales del Derecho.

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