Al tramitarse esta pretensión alimenticia conforme a las normas del JVer, se trata de un procedimiento fundamentalmente oral, conservando únicamente la forma escrita los actos de demanda y sentencia.
7.1. Demanda
La demanda, que habrá de redactarse en la forma ordinaria (art. 437.1), deberá observar como especialidad el requisito de la incorporación de los documentos justificativos de la legitimación activa y pasiva.
7.2. Contestación y tramitación
La contestación del demandado se rige por las normas del JVer sin limitación de medios de prueba.