Las normas jurídicas también están definidas por los caracteres de la positividad, la validez, la vigencia, la imperatividad, la certeza, la justicia, la obligatoriedad, la coactividad, la legalidad, la objetividad, la generalidad y la abstracción. Sin embargo, la forma en que tales caracteres están presentes en las diferentes normas y en el Derecho en cuanto ordenamiento jurídico no es idéntica.
Hay caracteres que el Derecho y las respectivas normas que lo integran comparten en pie de igualdad, por cuanto las normas tienen esos caracteres en su calidad de elementos integrados en el correspondiente ordenamiento jurídico. Es el caso de la positividad, la imperatividad, la certeza, la obligatoriedad, la coactividad y la objetividad. Pero otros caracteres afectan al Derecho y a sus normas de forma diferente. Sería el caso de la validez, la vigencia, la justicia, la legalidad, la generalidad y abstracción o la circularidad autopoiética.
De todos modos, la pregunta por los caracteres de las normas jurídicas puede ser contestada en forma genérica mediante la afirmación de que son los mismos que acompañan la existencia de los ordenamiento jurídico de los que esas normas forman parte.