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El sistema fiscal perfecto no existe, sino en tanto que sea instrumentalmente entendido respecto del momento en que se aplica y que exige de él un cambio y adaptación constante, y siempre bajo la vigencia de nuestra Constitución, sin olvidar que su primer compromiso debe ser el cumplimiento de los principios que deben presidir la exigencia del deber cívico de contribuir al sostenimiento de los gastos públicos. Principios que se establecen en el art. 31 CE -generalidad, capacidad, justicia, igualdad, progresividad, no confiscatoriedad- y que son un instrumento esencial en la construcción y en el logro de un cierto equilibrio entre las exigencias del Estado democrático, social y de Derecho.

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