El art. 1 LIS establece: "el Impuesto sobre Sociedades es un tributo de carácter directo y personal que grava la renta de las sociedades y demás entidades jurídicas, de acuerdo con las normas de esta Ley". Además, se caracteriza por ser un impuesto periódico y proporcional.
El IS se exige en todo el territorio español, sin perjuicio de los regímenes especiales por razón del territorio y de los tratados y convenios internacionales.