Logo de DerechoUNED

El principio de exclusividad jurisdiccional significa que tan sólo los Juzgados y Tribunales ostentan el monopolio de la potestad jurisdiccional.

Dicho monopolio consiste en "juzgar y hacer ejecutar lo juzgado", lo que significa que ha de ser, tanto en la fase declarativa, como en la ejecutiva.

A)En la fase declarativa

En la fase declarativa, el principio de exclusividad jurisdiccional significa que todos los litigios y conflictos sociales que surjan han de ser solucionados por el Juez legal predeterminado por la Ley, conforme al principio de legalidad procesal.

B)En la fase de ejecución

El derecho a la ejecución de las sentencias se encuentra implícito en la exigencia de que la tutela de los derechos e intereses legítimos sea efectiva. La resistencia a la ejecución del fallo permitirá al acreedor ejercitar el oportuno recurso de amparo.

Pero además, en nuestro OJ dicha ejecución ha de ser jurisdiccional, pues la "potestad de juzgar y de hacer ejecutar lo juzgado" corresponde exclusivamente a los Juzgados y Tribunales.

Todos los ciudadanos y demás Poderes del Estado quedan obligados a cumplir las sentencias y demás resoluciones firmes, y a prestar la colaboración en la ejecución de lo resuelto.

Con todo, todavía permanecen privilegios difícilmente justificables, tales como la expropiación de derechos reconocidos en la Sentencia, la novación y el aplazamiento del fallo.

Compartir