Al crearse un servicio o Administración se regula el grupo o cuerpo de funcionarios que han de gestionarla o servirla. Así, para gestionar las obras públicas se crea el Cuerpo de Ingenieros de Caminos, el Cuerpo de Ingenieros de Montes para la Administración forestal; para cada atributo un cuerpo de funcionarios de Hacienda, para los RP un Cuerpo de Registradores, para el asesoramiento jurídico y la defensa del Estado el cuerpo de Abogados del Estado, etc. La función pública surge así de una constelación de cuerpos, que tienen elementos comunes.
La clave es el cuerpo, un colectivo jerarquizado de funcionarios dotados de una formación específica para gestionar un servicio público o rama de la Administración, en el que se permanece de por vida, ocupando sucesivamente los puestos de trabajo que ese cuerpo tiene reservados, cada vez de mayor responsabilidad y remuneración.
La selección no se hace para un puesto de trabajo, sino para ingresar en un cuerpo, y dentro de él se tiene derecho a una progresión profesional reglada, un derecho al ascenso, a hacer carrera.
El cuerpo actúa a modo de empresario directo del funcionario, ejerciendo una función mediática entre el Estado y aquél.
Para ejercer esa función mediática y la asunción de la responsabilidad sobre el funcionamiento de un determinado servicio, el cuerpo necesita de poderes propios que garanticen la disciplina del conjunto, poderes represivos, que pueden ser de intensidad diversa.
El funcionamiento del cuerpo solo es posible a través de una jerarquización personal entre sus miembros que aseguren el funcionamiento de las ordenes, así como la disciplina. A este fin sirve la división en grados y categorías y también para asignar y distribuir las funciones.
Las retribuciones se asignan en función de la categoría personal y por un único concepto, el sueldo.
A los funcionarios se les garantiza la permanencia o propiedad en el empleo, normalmente reconocida cuando el ingreso se hacía a través de una oposición, o del paso por una escuela especial.
El funcionario, más que desempeña un trabajo, cumple o está de servicio, ejerce una misión patriótica. Además los cuerpos de los funcionarios civiles se dotan de toda parafernalia propia de los cuerpos militares: tribunales de honor, uniformes, respeto y distancia en los tratamientos entre los de categoría desigual; y en fin, otro cargo más: la condición de funcionario, como la de militar, trasciende a su vida privada, donde la falta de probidad o un comportamiento deshonroso según los rigores morales de la época puede tener consecuencias sancionadoras o provocar su expulsión del cuerpo por un tribunal de honor formado por los propios compañeros del cuerpo.