Son presupuestos necesarios para que se pueda dar el libre desistimiento (o desistimiento unilateral) los siguientes:
- Que exista una relación de tracto sucesivo o continuada.
- Además, pero alternativamente:
- Que la duración de esa relación sea indeterminada, creándose entonces el riesgo de que se genere una vinculación vitalicia, lo que va en contra del principio contrario a las vinculaciones de por vida (art. 1583).
- Que la economía interna de la relación contractual en cuestión asigne roles no equilibrados a las partes, siendo predominante el interés de una de ellas.