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Es evidente que el derecho es algo, y por tanto resulta necesario preguntarse qué es el derecho. El saber que se pregunta por el ser de las cosas es el metafísico u ontológico. Lo propio no puede ser preguntarse por algún o algunos aspectos concretos de la cosa, sino de forma total, por lo que es la cosa propia o principalmente, es decir, por lo que es la cosa en tanto que es; lo que es una forma indirecta de preguntarse por todos aquellos aspectos que conforman el ser de esa cosa. Equivale a "abrir el baúl" de ese algo y comprender todos los aspectos o modos de ser que lo constituyen; pero comprenderlos conjunta y universalmente, no de forma dispersa, no reduciendo la cosa a alguno de ellos. Y esos aspectos, para que sean comprendidos, han de ser previamente conocidos, lo que hace necesario articularlos conceptual y lingüísticamente; es decir, hacer posible que sean dichos. Por ello, la pregunta ontológica o metafísica es la más radical, pues implica todos los aspectos de la cosa a analizar, siempre que estos puedan ser dichos en el lenguaje.

Esta pregunta nos conduce a dos cuestiones: una lógica y otra epistemológica. Tratar de determinar lo que sea el derecho, es tratar de definirlo con respecto de las otras cosas, y para definir algo debemos acudir a otro saber: la lógica. En este sentido, la lógica cumple con respecto de la metafísica el papel de un instrumento de ésta: es decir, sirve para articular conceptual y lingüísticamente el saber metafísico con el fin de poder dar una respuesta efectiva a las cuestiones que plantea. Ahora bien, al tratar de definir algo, como al tratar de determinar lo que ese algo sea, tenemos que acudir a unos criterios que nos expliquen cómo podemos definir o determinarlo: las diversas perspectivas a través de las cuales el lenguaje puede referirse a él. Estos diversos criterios con arreglo a los cuales determinamos lo que sea propiamente algo constituyen las diversas aplicaciones de la lógica a los distintos objetos o campos: las distintas perspectivas epistemológicas, las cuales nos permiten comprender lógicamente ese algo.

En resumen:

  • Referirse a lo que es la cosa es lo propio del plano metafísico del saber.
  • Lo que nos permite articular conceptual y lingüísticamente este saber global del ser es el plano lógico del saber, expresado a través del lenguaje.
  • Las diversas lógicas materiales que determinan los diversos aspectos de algo conforme a unos criterios de conocimiento específicos constituyen, finalmente, el plano epistemológico del saber.

Así, tenemos: la especulación sobre lo que son las cosas (metafísica), la forma adecuada en que el lenguaje puede referirse a ellas (lógica) y las diferentes perspectivas o criterios desde los que se puede hablar sobre ellas (epistemológicas).

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