La CE establece la economía de mercado como modelo a seguir desde el punto de vista dar la organización económica de España. Y ese mismo modelo es el que ha encontrado su manifestación en los sucesivos tratados de la Unión Europea. Así en el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea, art. 3 se dispone un mercado interior y añade que ese mercado interior estará basado ente otros principios.
Para que el mercado pueda calificarse como tal y funcionar adecuadamente deben regir en él diversos principios fundamentales. En primer lugar el principio de libertad de empresa. Ese principio de libertad de competencia se complementa con el principio de corrección en el tráfico, que se hace valer a través de las normas referidas a la competencia desleal. Otro principio que rige en el mercado es el de protección de los consumidores, recogido expresamente en el art. 51 CE.
Otro principio fundamental es el principio de transparencia.