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Pese a la ya considerada generalización de los títulos-valores y títulos afines emitidos de forma electrónica por lo que respecta a los títulos de transporte, la jurisprudencia ha tenido ocasión de pronunciarse sobre la posibilidad de emitir pagarés por vía electrónica, resolviendo negativamente.

Por lo que respecta a la letra de cambio emitida electrónicamente, el hecho de que se requiera compilar el modelo oficial formalizado de ésta para su validez hace que se robustezcan las razones para denegar su admisibilidad.

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