Los pagarés del Tesoro conforman un tipo de valores mobiliarios de carácter inmaterial que no se plasman en un soporte documental, a diferencia de lo que ocurre con los pagarés cambiarios. Se trata, por tanto, de un título de deuda pública emitido por el Estado para obtener financiación, al igual que los bonos y las cédulas.
Los pagarés de empresa se encuentran más cercanos al pagaré cambiario. Se caracterizan por la naturaleza privada del firmante y la variedad de supuestos que se amparan bajo esa denominación, fruto del fenómeno de la llamada "titulización de créditos", o lo que es lo mismo, la tendencia a materializar mediante documentos las relaciones crediticias, aunque luego, en un paso posterior, la materialización se desvirtúe mediante la "virtualización", que es como se denomina a la incorporación a soporte electrónico de lo que se venía materializando en documentos. El pagaré de empresa se emite cuando un empresario beneficiario de un crédito con unas condiciones y un importe determinados, proceda a la emisión singularizada de uno o varios pagarés, vinculados a la devolución del crédito con sus intereses a los vencimientos fijados en el contrato.
No reciben esta consideración las "emisiones programadas" y masivas de pagarés en series que conceden los mismos derechos a cada unidad o ejemplar, las cuales se encuentran más cercanas a la emisión de valores mobiliarios de renta fija que a efectos de comercio.