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En la situación actual, el horizonte de los saberes jurídicos incluye un elenco sumamente amplio de conocimientos o “ciencias” que, aunque en ningún caso llegan a ser del todo independientes, sí son lo suficientemente distintos como para recibir un tratamiento científico y académico separado.

Puede concretarse hoy (tras eliminar a la consideración religiosa, por ser muy poco significativa y avanzando desde el menor al mayor grado de generalidad y abstracción) en estas 3 grandes regiones o campos:

  1. El del saber jurídico práctico: incluye la política jurídica y la jurisprudencia.

  2. El área del saber jurídico científico, que integra el sector de las ciencias jurídicas fáctico-sistemáticas, el de las ciencias jurídicas normativo-sistemáticas y el de las ciencias jurídicas normativo-sistemáticas.

  3. El área del saber jurídico filosófico, que se proyecta en la teoría del conocimiento jurídico, la teoría fundamental del Derecho y la teoría del Derecho justo.

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