La Declaración de Derechos del Hombre y del Ciudadano, de 1789, está hecha con un aliento racionalista, dogmático, universalista y mesiánico que evidencia la plena conciencia de sus redactores de estar alumbrando una nueva era.
- El sujeto de los derechos es el hombre, todo hombre, el ciudadano, todo ciudadano de cualquier Estado. Y ello es así porque son derechos naturales, inalienables e imprescriptibles.
- Estos derechos son anteriores a la sociedad y al Estado. La finalidad de éstos es conservarlos.
- El Estado debe adoptar la forma de organización acorde con dicha finalidad. Dos principios aparecen como inexcusables: la soberanía nacional y la división de poderes.
- La ley es la expresión de la voluntad general. Todos los ciudadanos tienen derecho a concurrir, personalmente o por medio de representantes, a su formación.
- La libertad del hombre no es abstracta sino que se proyecta en un haz de libertades concretas, entre las cuales las de mayor carga política son las de opinión y pensamiento y su libre comunicación, incluyendo la libertad de imprenta.
- Los hombres no sólo son libres sino también iguales. La ley debe ser la misma para todos.