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Parte Constant de dos afirmaciones: la primera, establece que el gobierno representativo es el único que frente a otras formas de gobierno, puede proporcionar "cierta libertad y tranquilidad". La segunda consiste en vindicar la libertad de los modernos como un logro indiscutible de la Revolución.

Lo que en definitiva plantea Constant es la distinción entre el ámbito de lo público y el ámbito de lo privado, concretándolo en dos tipos de libertad, la pública y la privada, o lo que es lo mismo, la colectiva o comunitaria y la individual. De aquí que afirme que, entre los antiguos, el individuo era soberano sólo en los asuntos públicos, ya que en su vida privada estaba absolutamente constreñido por la voluntad de la comunidad, ya que ésta establecía cuales deberían ser las opiniones, la actividad y el culto que cada miembro de las sociedad profesase, sometiendo a todos a un estrecho control.

Siguiendo a Constant, "el objetivo de los antiguos, era el reparto del poder social entre todos los ciudadanos de una misma patria; a eso era a lo que llamaban libertad. El objetivo de los modernos es la seguridad en los disfrutes privados, y llaman libertad a las garantías concedidas por las instituciones a esos disfrutes".

En definitiva, la libertad de los antiguos se concreta estrictamente en la libertad política, mientras que para los modernos la libertad se concreta tanto en las libertades individuales como en la libertad política, si bien poniendo el acento en las libertades individuales, ya que la libertad política, si bien se considera indispensable, juega un papel secundario respecto de aquellas, ya que su función es la de ser la garantía de las libertades individuales. Lo que nos conduce al establecimiento de un nuevo par de conceptos diferenciados por lo que respecta a la libertad política: el que se fundamenta en la distinción entre el ámbito de lo público y el ámbito de lo privado, considerando la libertad política como la realización de la libertad en el ámbito de la vida pública, como la realización de la libertad en el ámbito de la vida privada o como una realización de ambas.

Esta diferencia en el concepto de libertad afecta de manera directa a la soberanía y a la forma de gobierno.

Por lo que respecta a la soberanía, la distinción entre libertad pública o política y libertad individual conduce a la correspondiente distinción entre soberanía pública y privada. En consecuencia, cuando la libertad se concreta solamente en la libertad política, la soberanía corresponde a todos, pero sólo en tanto que ciudadanos componentes del pueblo, ya que únicamente son soberanos para los asuntos públicos, puesto que en su vida privada son súbditos del cuerpo social y su voluntad colectiva.

Sin embargo, cuando la soberanía se concreta en el ejercicio de las libertades individuales, en la libertad privada, se produce un equilibrio en la realización de la libertad que colma el espectro que va de la vida pública a la vida privada, o lo que es lo mismo del ciudadano y del individuo.

No obstante, la dificultad de la realización de los dos ámbitos de libertad estriba en su materialización, ya que el sentido de la exigencia del ejercicio de las libertades individuales implica un desplazamiento previo de la actividad de los individuos hacia las actividades propias de la vida privada, en detrimento de la posibilidad de ocuparse de los asuntos públicos.

Para poder armonizar la realización simultánea de la libertad pública y de la privada, de modo que la soberanía le corresponda a los componentes del cuerpo social en tanto que individuos y en tanto que ciudadanos, era necesario encontrar un medio capaz de canalizar la participación ciudadana en los asuntos públicos, y precisamente para esto se utiliza el mecanismo de la representación.

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