En la cesión de arrendamiento el inquilino o arrendatario cede a un tercero los derechos y obligaciones que le corresponden como tal, según el contrato de arrendamiento que tiene firmado con el arrendador.
De esta forma el arrendatario queda desligado del contrato de arrendamiento que pasa a estar a nombre del nuevo arrendatario.
Sin embargo, en el subarriendo el titular del contrato de arrendamiento sigue siendo la misma persona y la relación solo se establece entre el arrendatario y el subarrendatario, y no con el arrendador propietario de la vivienda.